de flag go to the original language article
This article has been translated by Artificial Intelligence (AI). The news agency is not responsible for the content of the translated article. The original was published by APA.

Bruselas/Kabul/Viena – La crítica situación de las mujeres en Afganistán desde el regreso de los talibanes es, según una sentencia dictada el viernes por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo, motivo suficiente para otorgar asilo a las afganas. El Tribunal Administrativo de Austria (VwGH) quería saber de los colegas de Luxemburgo si el maltrato discriminatorio puede considerarse persecución que justifique el reconocimiento como refugiado.

Dos mujeres de nacionalidad afgana se habían dirigido al Tribunal Administrativo. El motivo fue la negativa de las autoridades austriacas a reconocerles el estatus de refugiadas. Según el VwGH, el regreso al poder del régimen islamista talibán en 2021 tiene graves repercusiones en los derechos fundamentales de las mujeres en el país de Asia Central. La discriminación se lleva a cabo, entre otras cosas, mediante restricciones a la libertad de circulación o matrimonios forzados.

Su pregunta a los jueces europeos fue si las medidas discriminatorias pueden clasificarse como actos de persecución que justifiquen el reconocimiento de la condición de refugiado. Además, se preguntó si la autoridad nacional competente, en el marco de la evaluación individual de la solicitud de asilo de una mujer afgana, debe tener en cuenta otros aspectos además de su nacionalidad y género.

En primer lugar, el Tribunal responde que algunas de las medidas en cuestión de los talibanes, por sí solas, deben considerarse «persecución» ya que representan una violación grave de un derecho fundamental. Esto se aplica, por ejemplo, al matrimonio forzado, que debe equipararse a una forma de esclavitud. Además, la aplicación sistemática y deliberada de las medidas daría lugar a que a las mujeres «en flagrante medida se les nieguen los derechos fundamentales asociados a la dignidad humana».

Según los jueces de la UE, no es necesario determinar que una solicitante de Afganistán esté realmente y específicamente en riesgo de sufrir actos de persecución al regresar a su país de origen. Es suficiente considerar solo su nacionalidad y género. (04.10.2024)