de flag go to the original language article
This article has been translated by Artificial Intelligence (AI). The news agency is not responsible for the content of the translated article. The original was published by APA.

Luxemburgo/Bruselas/Viena – La regulación austriaca, según la cual una parte del tiempo de formación de un aspirante a abogado debe realizarse obligatoriamente con un abogado con sede en Austria, no es compatible con la libre circulación de trabajadores: así lo dictó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el jueves en el asunto C-807/23, Jones Day. La realización en el extranjero es equivalente si permite experiencias equivalentes a la formación en Austria, según el TJUE.

Para poder trabajar en Austria como abogado o abogada, se debe completar un uso práctico de cinco años. Al menos tres años y siete meses de este tiempo deben realizarse en Austria, al menos tres años de ellos con un abogado. Una aspirante a abogada austriaca completó su uso práctico en el bufete Jones Day en Fráncfort del Meno, donde fue formada por un abogado austriaco. La Cámara de Abogados de Viena se negó, invocando la regulación anterior, a inscribirla en la lista de aspirantes a abogados y a emitirle un certificado de autorización de representación limitada.

La afectada apeló ante el Tribunal Supremo

La afectada impugnó esta negativa ante el Tribunal Supremo austriaco. A solicitud, había informado a la Cámara de Abogados de Viena que su actividad se refería exclusivamente al derecho austriaco. Este, a su vez, consultó al TJUE si la regulación que exige que una parte del tiempo de formación práctica de un aspirante a abogado se realice obligatoriamente en el país, infringe la libre circulación de trabajadores.

Con su sentencia de hoy, el TJUE responde al Tribunal Supremo austriaco que la regulación de la UE en cuestión debe interpretarse de manera que se opone a una regulación de un Estado miembro como la austriaca. El requisito en disputa debe garantizar que el abogado haya adquirido suficiente experiencia en la práctica del derecho nacional y con contactos con las autoridades y tribunales austriacos. Sin embargo, va más allá de lo que es necesario para alcanzar estos objetivos.

Según la opinión del TJUE, la realización de la práctica con un abogado registrado en Austria, pero establecido en otro Estado miembro, junto con la prueba de que esta permite experiencias comparables a las de Austria, cumple con los objetivos de la regulación austriaca. Esto parece ser menos restrictivo que la limitación impuesta por la regulación en cuestión, dictamina el TJUE. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea nunca juzga un caso concreto, sino que solo se pronuncia sobre la interpretación del derecho de la UE.