La Comisión Europea propuso ayer martes el establecimiento de un sistema europeo común para las devoluciones de inmigrantes ilegales con procedimientos más rápidos, sencillos y efectivos en toda la UE.
El nuevo marco legal para las devoluciones, solicitado por el Consejo Europeo en octubre de 2024, es un elemento clave para completar el Pacto sobre Migración y Asilo, que fue aprobado en mayo de 2024 y se implementará a mediados de 2026, y que define un enfoque integral para la migración, así como una resolución más rápida y eficiente de solicitudes de asilo.
Las tasas de devolución en toda la UE ascienden hoy en día a solo el 20%. «Solo uno de cada cinco abandona la UE y eso no es aceptable. Nuestras sociedades no lo tolerarán», enfatizó el Comisario de Asuntos Internos y Migración, Magnus Brunner, quien calificó la propuesta legislativa de la Comisión como un «punto de inflexión». «Estamos poniendo nuestra casa europea en orden», aseguró el Sr. Brunner, agregando: «Con el nuevo sistema europeo de devoluciones, aseguraremos que las personas que no tienen derecho a permanecer en la UE realmente regresen. Esto fortalecerá significativamente la confianza en nuestro sistema europeo común de asilo y migración».
Para que entre en vigor, la propuesta de la Comisión debe ser aprobada por el Parlamento Europeo y por los estados miembros de la UE. El Comisario Brunner expresó su esperanza de que sea aprobada «lo antes posible», aunque es un tema extremadamente sensible, política y legalmente, que divide a los estados miembros.
Según la Comisión, las nuevas reglas proporcionarán a los estados miembros las herramientas necesarias para que las devoluciones sean más efectivas, respetando plenamente los derechos fundamentales.
Las nuevas reglas comunes incluyen:
– Un sistema europeo en forma de reglamento que incluye procedimientos comunes para la emisión de decisiones de devolución y el establecimiento de una orden europea de devolución que será emitida por los estados miembros. Los 27 sistemas diferentes que existen hoy significan fragmentación a nivel de la Unión, señala la Comisión.
Gracias al reconocimiento mutuo de las decisiones de devolución, un estado miembro podrá reconocer y ejecutar directamente una decisión de devolución emitida por otro estado miembro sin necesidad de iniciar un nuevo procedimiento. Hasta el 1 de julio de 2027, un año después del inicio de la aplicación del pacto sobre migración y asilo, la Comisión revisará si los estados miembros han establecido disposiciones adecuadas para la gestión efectiva de las órdenes europeas de devolución y emitirá una decisión ejecutiva que haga obligatoria el reconocimiento y la ejecución de una decisión de devolución emitida por otro estado miembro.
– Reglas claras para la devolución forzada y paralela provisión de incentivos para el retorno voluntario: Las devoluciones forzadas serán obligatorias cuando una persona que reside ilegalmente en la UE no coopere, escape a otro estado miembro, no abandone la UE dentro del plazo de salida voluntaria establecido o suponga un riesgo para la seguridad. Este enfoque proporciona incentivos para el retorno voluntario dentro de los plazos de salida establecidos desde la UE.
– Obligaciones más estrictas para los que retornan, compensadas por garantías claras: Obligaciones explícitas de cooperación con las autoridades nacionales a lo largo del proceso de devolución. Estas medidas se complementan con claras consecuencias en caso de negativa a cooperar, como la reducción o denegación de beneficios o la confiscación de documentos de viaje. Al mismo tiempo, se fortalecerán los incentivos de cooperación, incluyendo el apoyo para el retorno voluntario.
– Fuertes garantías a lo largo del proceso de devolución: Todas las medidas relacionadas con las devoluciones deben implementarse con pleno respeto a los estándares fundamentales e internacionales de derechos humanos. Esto se garantiza a través de procedimientos claros, como el derecho a apelar, el apoyo a personas vulnerables, fuertes garantías para menores y familias, y el respeto del principio de no devolución.
– Reglas más estrictas para limitar los casos de abuso y abordar la evasión: Los estados miembros tendrán reglas reforzadas para localizar a los retornados, como la capacidad de exigir una garantía financiera, informes regulares o la obligación de los retornados de residir en un lugar designado por las autoridades nacionales. Las nuevas reglas establecen condiciones claras para la detención si existe riesgo de evasión, así como alternativas a la detención. La detención puede durar hasta 24 meses, en lugar de los 18 meses que es el límite actual. Además, el efecto suspensivo de las decisiones de devolución ya no será automático, a menos que haya cuestiones de no devolución.
– Reglas específicas para las personas que representan un riesgo para la seguridad: Los estados miembros deberán verificar a tiempo si una persona presenta riesgo para la seguridad. Una vez identificadas, estas personas están sujetas a reglas estrictas, como devolución forzada obligatoria, prohibición de ingreso de mayor duración y espacios de detención separados. La detención puede extenderse más allá de los 24 meses normales con una orden judicial.
– Readmisión como parte del proceso de devolución: Para cerrar la brecha entre la decisión de devolución y el retorno a un tercer país, las nuevas reglas establecen un procedimiento común para asegurar que la decisión de devolución sea seguida sistemáticamente por una solicitud de readmisión. También prevén la posibilidad de transferir datos a terceros países con el fin de la readmisión.
– Centros de devolución: Los estados miembros han solicitado soluciones innovadoras para la gestión de la migración. Con esta propuesta se establece la posibilidad legal de devolver a personas que residen ilegalmente en la UE y han recibido una decisión final de devolución a un tercer país en virtud de un acuerdo o arreglo firmado bilateralmente o a nivel de la UE. Este acuerdo o arreglo puede ser firmado con un tercer país que respete los estándares y principios internacionales de derechos humanos de acuerdo con el derecho internacional, incluido el principio de no devolución. Las familias con menores y los menores no acompañados están excluidos, mientras que debe monitorearse la forma en que se aplican estos acuerdos o arreglos. (13/3/25)