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Luxemburgo (dpa) – Los dueños de mascotas cuyos animales desaparecen durante el viaje en avión no pueden reclamar más compensación que por el equipaje perdido, dictaminó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el jueves.

Los jueces del tribunal en Luxemburgo dijeron que un perro transportado por aire pertenece a la misma categoría que las maletas y bolsas.

El caso surgió en España, donde una mujer intentó volar con su perro de Buenos Aires a Barcelona en un avión de Iberia en octubre de 2019.

El animal, que iba a viajar en la bodega de carga, escapó de su jaula en el camino hacia el avión y se perdió.

La pasajera solicitó 5,000 euros en daños no materiales a la aerolínea ante un tribunal español.

La aerolínea aceptó su responsabilidad, pero citó el Convenio de Montreal, que regula el transporte aéreo internacional de pasajeros, equipaje y carga, y establece límites de responsabilidad para el equipaje facturado.

El tribunal español preguntó al tribunal de la UE si estos límites de responsabilidad también se aplican a las mascotas.

Los jueces de la UE dictaminaron que el término «pasajeros» se refiere a los viajeros humanos, lo que significa que las mascotas no pueden ser consideradas pasajeros. Por lo tanto, la compensación por la pérdida de una mascota está limitada a las reglas aplicables al equipaje facturado.

El Convenio de Montreal establece el monto de la compensación en una moneda llamada Derechos Especiales de Giro, y para el equipaje perdido es de 1,519 Derechos Especiales de Giro. Esto equivale actualmente a alrededor de 1,800 euros. (16 de octubre)