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El Tribunal de la UE da la razón a Dinamarca al considerar que no fue contrario al derecho de la UE cuando Dinamarca impuso una limitación para el transporte de cabotaje en autobús.

El caso se refiere a una práctica administrativa que Dinamarca introdujo en noviembre de 2019. El caso fue presentado por la Comisión Europea.

La práctica implica que las empresas de transporte no danesas solo pueden realizar transporte de cabotaje en autobús si el transporte tiene lugar dentro de «siete días consecutivos en un mes calendario».

Concretamente, esto significa que una empresa de transporte extranjera no puede realizar dos transportes de cabotaje en autobús en Dinamarca durante un mes calendario si hay más de una semana entre los transportes.

La Comisión considera que Dinamarca, al introducir esta práctica, ha limitado las posibilidades de las empresas de transporte para realizar cabotaje en Dinamarca.

El transporte de cabotaje es el transporte de mercancías o pasajeros entre diferentes destinos en el mismo país con un medio de transporte de otro país.

La práctica danesa y la sentencia del Tribunal de la UE se refieren al transporte en autobús.

En la decisión del Tribunal de la UE se establece que la práctica danesa no es contraria al derecho de la UE.

El Tribunal no considera que la Comisión Europea haya demostrado que Dinamarca ha incumplido sus obligaciones en relación con la práctica.

Cuando se introdujo la norma danesa en 2019, según un comunicado de prensa del Ministro de Transporte, fue una iniciativa para prevenir el dumping social en el sector del transporte por carretera.

En este contexto, también se mencionó que las normas en la UE son poco claras e imprecisas, y que no había directrices comunes sobre cómo debían interpretarse las normas.

En el reglamento de la UE sobre el transporte de cabotaje se establece que está permitido en «transporte ocasional».

En la sentencia se indica que el concepto de «transporte ocasional» está definido de tal manera que los Estados miembros pueden decidir cómo debe aplicarse.

Para la organización de interés Dansk Erhverv, es positivo que Dinamarca haya ganado el caso, ya que crea claridad sobre las normas del transporte de cabotaje en autobuses.

– Ahora que la sentencia es favorable a Dinamarca, es crucial que se lleve a cabo una aplicación efectiva para que las condiciones de competencia sean justas, dice Jesper Kronborg, director de la industria de Dansk Erhverv Transport, en una declaración escrita.