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Bruselas – Los ministros de Igualdad de la Unión Europea han dado luz verde este martes a la directiva para combatir la violencia contra las mujeres en todo el espacio comunitario, con normas y sanciones armonizadas para perseguir como delitos machistas la ablación, el matrimonio forzoso o el ciberacoso. Sin embargo, la ley no incluye la tipificación del sexo no consentido como forma de violación, que defendían países como España, debido a la oposición de varios Estados miembros.

Tras el visto bueno del Parlamento Europeo, el pasado 24 de abril, la adopción de los Veintisiete era el último paso formal que quedaba para aprobar definitivamente la norma, que se convierte en la primera legislación europea contra la violencia machista.

En virtud de esta directiva, se perseguirán en toda la UE como formas de violencia de género la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el intercambio no consensuado de imágenes íntimas, el ciberacoso, el señalamiento en las redes y la incitación al odio o la violencia contra la mujer a través de Internet. Además, la normativa  prevé disposiciones para armonizar sanciones, circunstancias agravantes, jurisdicción y plazos de prescripción en los distintos países europeos.

El nuevo marco común exige a los Estados leyes más estrictas contra la violencia en la red, mejor asistencia a las víctimas y medidas para prevenir las violaciones, al tiempo que establece directrices particulares para los delitos contra las mujeres en Internet, como la divulgación de información privada.

La nueva legislación incluye una lista más larga de circunstancias agravantes para los delitos que conllevan penas más severas, como los crímenes contra personalidades públicas, periodistas o defensoras de los derechos humanos. Criminaliza también la intención de castigar a las víctimas por su género, orientación sexual, color de piel, religión, origen social o convicciones políticas, así como para preservar el ‘honor’ de una persona o restaurarlo.

Respecto a la protección de las víctimas, la directiva fija normas mínimas para priorizar el acceso a alojamientos protegidos a víctimas de violencia, al igual que el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva. Además, las autoridades de los Estados miembros tendrán mayores obligaciones de notificación y recopilación de pruebas y deberán concienciar a la población de que las relaciones sexuales no consentidas se consideran delito.

Sin embargo, debido a las reservas de varios gobiernos, la nueva legislación deja fuera la tipificación del sexo no consentido como forma de violación. Los 27 han llegado a esta situación después de que servicios legales del Consejo advirtieran de que la reforma que se negociaba no ofrecía la base legal necesaria para abordar la violación, puesto que es necesario que sea antes considerada un delito europeo, algo que por el momento no sucede.

Antes de reunirse con sus homólogos europeos en Bruselas, la ministra española de Igualdad, Ana Redondo, ha valorado positivamente la aprobación de la norma, que, según ha dicho, recibió un impulso durante la presidencia española del Consejo de la UE, en el último semestre de 2023.

No obstante, ha señalado que el Ejecutivo español hubiera preferido que fuera “más ambiciosa” e incluyera la tipificación del sexo no consentido como forma de violación.

Redondo también ha puesto en valor que este martes los 27 hayan aprobado también otra norma sobre organismos de igualdad con la que se quiere avanzar en el campo de la paridad entre hombres y mujeres ante las oportunidades en el empleo. Se trata de un nuevo marco que la ministra considera «positivo» porque asegura que todos los países europeos cuenten con estándares mínimos. (7 de mayo)

La responsabilidad editorial de esta publicación es de Europa Press.